De los más de 392.000 pequeños inversores, afectados por Bankia, aún no han reclamado ni un 10% de los afectados por las acciones OPS, acciones preferentes y subordinadas que Bankia sacó al mercado en el año 2011, engañando sobre su situación financiera, y llevando a un gravísimo error a los pequeños ahorradores, que como siempre, basándose en la persona de confianza de su sucursal firmaron sin saber lo que estaban firmando, muchas de ellas, personas con poco o nulo conocimiento bancario y de bolsa.
Desde hace dos años, estamos ganando demandas como la tuya, tenemos un porcentaje de juicios ganados contra Bankia del 100%, todo ello basándonos en un gran equipo de profesionales, altamente cualificados, que velan por tus derechos, y que están aquí para ayudarte.
Las primeras sentencias fueron novedosas en estos sectores, puesto que hasta ese momento los abogados teníamos que luchar contra una gran empresa como era BANKIA, con su inmenso departamento jurídico. Nosotros trabajando codo con codo con los afectados, empatizando con ellos, llegamos a tener un rotundo éxito en nuestras reclamaciones.
Nuestro equipo de derecho bancario es uno de los equipos pioneros en reclamaciones contra Bancos y Cajas de Ahorros. Ello nos da la máxima seguridad en lo que hacemos, por tener una gran experiencia en el sector.
A partir de la Sentencia del Tribunal Supremo de 26 de Enero de 2016, en la cual se manifiesta que el tríptico de Bankia contenía gravísimos errores, ya no tienes por qué temer a un hipotético resultado de los Juzgados, nosotros te garantizamos el éxito en tu demanda.
El Tribunal Supremo ha declarado expresamente en el Recurso número 541/2015, con fecha de resolución 03/02/2016, votación y fallo 27/01/2016 que el “folleto informativo” confeccionado por Bankia tenia incorrecciones, inveracidades, inexactitudes y errores contables, lo cual hizo que los inversores pensaban que estaban invirtiendo en valores seguros, en una sociedad con unos grandes beneficios, cuando estos datos son totalmente erróneos, e inciertos.
En nuestro despacho, reclamamos tu inversión sin que tengas que pagar nada por adelantado. En relación a la sentencia del Tribunal Supremo tenemos que destacar por qué se da la razón a los accionistas de Bankia, pues bien, el Tribunal Supremo destaca la eficacia invalidante debido al error en el consentimiento, dado que reúne los requisitos exigidos, si el accionista hubiere tenido una información veraz no hubiere invertido.
En el folleto informativo de las acciones OPS deben incluirse los riesgos del emisor, explicados en los activos, pasivos y situación financiera de la empresa, en éste caso, Sociedad Anónima, en la que se invierte, y que ha de ser determinante a la hora de invertir por parte del accionista, por ello son aplicables los artículos 1265, 1266 y 1300 del Código Civil.
El Tribunal Supremo establece que en ésta compra de acciones hay un error invalidante del contrato porque concurren los siguientes requisitos:
Los accionistas deben valorar si les compensa iniciar un procedimiento judicial, o recuperar su dinero con una rentabilidad del 1% anual.
Fdo.: Yolanda Gil Lozano