Turno de Oficio y Asistencia Jurídica Gratuita

Normalmente, tendemos a confundir el Turno de Oficio y la Asistencia Jurídica Gratuita. Sin embargo, son dos conceptos diferentes.

La Asistencia Jurídica Gratuita es un servicio público que garantiza el acceso a la Justicia, con el fin de cumplir con el principio de igualdad y el derecho a la tutela judicial efectiva. El artículo 24.1 de la Constituición española establece “Todas las personas tienen derecho a obtener la tutela efectiva de los jueces y tribunales en el ejercicio de sus derechos e intereses legítimos, sin que, en ningún caso, pueda producirse indefensión”. Pero, ¿quién tiene derecho a la justicia gratuita? Según el artículo 3 de la Ley de Asistencia Jurídica Gratuita, podrán tener acceso a justicia gratuita cualquier persona que demuestre que tiene los recursos económicos inferiores a los máximos permitidos por la Ley para litigar en un procedimiento judicial. Este límite de recursos, se mide mediante el IPREM (Indicador Público de Renta de Múltiples). Cabe destacar que el IPREM mensual en 2023, se valoriza en 600 €. Para las personas no integradas en ninguna unidad familiar, se toma en cuenta 2 veces el IPREM, para las personas integradas en una unidad familiar con menos de cuatro miembros, 2,5 veces el IPREM, y para personas integradas en una unidad familiar con al menos cuatro miembros o familias numerosas: 3 veces el IPREM.

Para tener acceso a la asistencia jurídica gratuita, hay que solicitar el servicio a las sedes del Colegio de Abogados, hay que rellenar un formulario con los datos del solicitante y hay que justificar la situación económica y personal de la persona que solicita el servicio.

Se puede solicitar el derecho a la justicia gratuita ante el Juzgado en los siguientes tres días hábiles desde la notificación de la resolución cuando el procedimiento esté iniciado. Por ello, se suspende el procedimiento hasta la asignación del letrado que asista a la persona beneficiaria de este servicio, aunque sea una asignación provisional y no definitiva. Esto es así, porque como dijimos con anterioridad, se tiene que revisar si se cumple con los requisitos necesarios para ser beneficiario de la justicia gratuita.

Entendemos por Turno de Oficio aquel servicio prestado por los Colegios de Abogados a través de abogados en ejercicio para defender los derechos de las personas que no tengan un abogado particular, ante un Tribunal y que de forma voluntaria decidieron formar parte del Turno de Oficio.

Se puede acceder a un abogado de oficio desde el inicio del procedimiento, incluso sin tener conocimiento sobre si se cumplen los requisitos para beneficiarse de la asistencia jurídica gratuita. Sin embargo, si se comprueba que no se puede tener acceso al servicio de asistencia jurídica gratuita (porque se supera los limites económicos arriba indicados), se tendrá que pagar al abogado de oficio. Es decir, toda persona que cumpla con los requisitos para poder acceder a la justicia gratuita tiene derecho a un abogado de oficio, sin embargo, no todo abogado de oficio será siempre gratuito para la persona que solicite el servicio si no cumple con los requisitos para acceder a la asistencia jurídica gratuita.

En conclusión, el Turno de oficio presta servicio mediante abogados de oficio a personas que no tienen abogado para garantizar el derecho fundamental a la defensa y el principio recogido en el artículo 119 de la CE “La justicia será gratuita cuando así lo disponga la ley y, en todo caso, respecto de quienes acrediten insuficiencia de recursos para litigar”. Sin embargo, la asistencia jurídica gratuita significa que la persona cumple con los requisitos legales para beneficiarse de los servicios del abogado de oficio.

Esperamos que este post haya sido de vuestro agrado, y como siempre, os recordamos que en GIL LOZANO ABOGADOS estamos aquí para ayudaros

Yolanda Gil Lozano

Licenciada en derecho por la Universidad Autónoma de Madrid, Abogada especialista en derecho de familia, herencias, directora del despacho, máster en mediación, arbitro titulada y profesora honorífica de la Universidad Autónoma de Madrid.

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