Abogados especialistas en liquidacion de gananciales en madrid

Gil Lozano Abogados

Liquidación sociedad gananciales

Se denomina liquidación de gananciales al reparto de los bienes que los cónyuges han adquirido durante su matrimonio o hasta que se produce el cambio del régimen económico matrimonial, en su caso.

Cuando una pareja se divorcia o se separa es probable que quieran liquidar su sociedad de gananciales, en el despacho hacemos una valoración de bienes, de acuerdo con el valor de mercado para que la liquidación sea ecuánime, sea justa, y sea racional. Hacer el inventario de todos los bienes es una ardua tarea, pero es necesaria para proceder a liquidar los gananciales de manera correcta.

Existen tres regímenes económicos:

  • Régimen de gananciales.
  • Régimen de separación de bienes.
  • Régimen de participación en las ganancias.

Si elegimos el régimen de gananciales, todo lo adquirido durante el matrimonio será de ambos cónyuges, ya hablemos de pasivo o de activo matrimonial.

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Liquidación de Gananciales

Existen bienes que se considera privativos dentro de este régimen como es todo lo adquirido con anterioridad al matrimonio, herencias o donaciones. Esto es, quien sea beneficiario de ello, no tiene que dividirlo con el otro cónyuge.

Así, el régimen de separación de viene consiste en que todo lo contenido dentro del patrimonio matrimonial se hace de forma individual, respondiendo cada adquirente de su activo y pasivo sin que nada tenga que solicitar al otro.
En el régimen de participación en las ganancias, cada cónyuge tiene derecho a participar en las ganancias, obtenidas por el otro cónyuge durante el matrimonio.

Liquidación de gananciales en Madrid

Procedimiento Liquidación de Gananciales

En relación a este tipo de decisiones, conviene aclarar que el procedimiento de liquidación de bienes gananciales, realizada tal y como se espera de este tipo de situaciones, debe tener en cuenta todos y cada uno de los factores que pudieran influir en el desarrollo óptimo de un trámite de separación o divorcio.

El procedimiento para llevar a cabo la liquidación de bienes gananciales en una situación que lo exija, incluye la manera de actuar de todos aquellos implicados en la resolución final del caso.

Según nuestra experiencia, convendrá ordenar la información que se tenga al respecto para conocer al máximo los detalles que interesan a la hora de hacer esa liquidación de gananciales, que es el principal objetivo de esta parte del proceso de divorcio o separación.

En definitiva, el trámite de la liquidación de gananciales en estas situaciones de divorcio o separación, será cuestión de organización y planificación, de forma que siempre, contar con nuestro equipo de abogados de familia especializados en liquidación de bienes gananciales.

Liquidación de bienes Gananciales: Cuando se disuelve la sociedad

Los momentos en los que se da por resulta y concluida una sociedad, son los siguientes:

  • Cuando se disuelve un matrimonio.
  • Cuando un matrimonio se declare nulo por los motivos que se consideren.
  • Cuando se haya acordado la separación legal de los cónyuges.
  • Cuando los cónyuges hayan convenido un régimen económico distinto al estipulado en el código civil.

El momento de realizar esta liquidación de gananciales, es el mismo momento de la realización del convenio regulador o bien, por escritura pública de liquidación.

Esta liquidación se deberá efectuar al realizar el inventario del activo y del pasivo que la sociedad tuviera en común.

El pago se podrá realizar en metálico, siempre que exista suficiente cantidad como para hacerlo, o bien, adjudicando determinados bienes concretos, también llamado este proceso, dación en pago de deudas.

En cualquier caso, dejar concluida una sociedad, hecho el inventario de bienes gananciales tanto activos como pasivos, y resuelta la cantidad pagada según cada caso, formará parte de un proceso que nuestra experiencia como abogados de familia en Madrid, podrá acompañar a todos los clientes que lo precisen.

Liquidación de bienes gananciales después del divorcio

Liquidación Gananciales Mutuo Acuerdo

Es el proceso en el que se permite a los cónyuges decidir sobre el reparto de los bienes. Se puede hacer mediante una dirección letrada única o que cada una de las partes designe un letrado diferente. Del total del valor de la masa ganancial, se dividirá al 50% entre ambas partes todo lo contenido en ella.

Liquidación de Gananciales Contencioso

Se inician de forma judicial al no haber acuerdo en el reparto de los bienes que integran la masa ganancial. Suele ser un proceso complejo, dividido en varias fases y cuyo coste suele ser elevado.

Diferencia Liquidación de Gananciales Mutuo Acuerdo y Contencioso

Cuando un matrimonio casado bajo el régimen de gananciales decide poner fin a su relación u otorgar capitulaciones matrimoniales, es necesario liquidar la sociedad de gananciales. Durante este proceso, los cónyuges deben determinar cómo se repartirán los bienes y deudas adquiridos durante la vida en común. La liquidación puede realizarse de dos maneras: de mutuo acuerdo o contenciosa.

La liquidación de gananciales de mutuo acuerdo se basa en la colaboración y voluntad de ambas partes para llegar a un consenso sobre los bienes, derechos y deudas que integran la sociedad de gananciales. Cuando existe voluntad por ambas partes para liquidar la misma, puede realizarse a través de distintos procedimientos: otorgando escritura notarial de liquidación; incluir la liquidación en el convenio regulador de la separación o divorcio; o, por último, en sede judicial mediante propuesta de inventario o convenio de mutuo acuerdo.

En cambio, se recurre a la liquidación de gananciales contenciosa cuando los cónyuges no pueden alcanzar un acuerdo sobre el reparto de bienes y obligaciones. En este caso, se realiza a través de un procedimiento judicial en el que se pueden distinguir dos fases:

  1. Inventario: se determinan los bienes, derechos y deudas que forman parte de la sociedad de gananciales.
  2.  Liquidación: donde se decide cómo se reparten los bienes y obligaciones gananciales para asignarlos a cada uno de los cónyuges.

Si tienes cualquier duda y necesitas asesoramiento legal, no dudes en ponerte en contacto con nosotros. En GIL LOZANO ABOGADOS, estamos aquí para ayudaros.

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