VIAJAR FUERA DE ESPAÑA CON MIS HIJOS Y LA AUTORIZACIÓN NECESARIA DEL OTRO PROGENITOR

Pese a las circunstancias actuales, hay familias que se plantean irse de vacaciones al extranjero. Por ello, en el post de hoy vamos a hablar de la autorización que se necesita en caso de que estés divorciad@ y tengas hijos con los que quieras marcharte de vacaciones.

Los menores de 18 años, ya sea en régimen de custodia compartida o exclusiva pero en vacaciones tener períodos con el progenitor normalmente no custodio, están normalmente bajo la patria potestad de ambos progenitores. Esto significa, entre otras muchas cosas, que el menor de edad no puede salir del territorio nacional sin la autorización de ambos progenitores, pues quienes ostentan la patria potestad son los que tienen la última palabra a este respecto.

Lógicamente, el progenitor que quiere ir al extranjero con el menor está de acuerdo, pero el otro también debe estarlo. Para ello, hay que acreditar su consentimiento mediante una autorización. Esto porque la policía de fronteras (dentro y fuera del área Schengen) presta una atención muy especial a los menores cuando viajan, estén acompañados o no.

Para lo que aquí interesa, cuando vayan acompañados, el agente competente que revise la documentación, podrá solicitar del padre o madre que viaje con el menor los documentos que acrediten que el menor puede viajar con él.

En primer lugar, habrá que acreditar que el adulto progenitor que viaja con el menor o menores también ostenta la patria potestad y la filiación. Normalmente con el Libro de Familia estará bien, la propia Sentencia que regule las medidas tomadas con el menor también acreditará que se ostenta la patria potestad.

Por otro lado, habrá que llevar una autorización expresa del progenitor ausente que también ejerce la patria potestad. En el siguiente enlace que os dejamos aquí, aparece una declaración firmada de permiso de viaje para menores o personas con capacidad modificada judicialmente, del Ministerio de Asuntos Exteriores, que bastará con llevarla consigo para cuando se nos solicite:

declaración firmada de permiso de viaje para menores

Antes de viajar, habrá que llevarla a la Dependencia de la Policía Nacional correspondiente para que expidan ellos la autorización con su sello, asegurándose de que todo es correcto, rellenando los datos, etc. Aunque también se puede hacer personándose con el formulario en un puesto de la Guardia Civil.

Recordad que, además de esta documentación adicional, en todo caso hará falta el DNI cuando sea obligatorio expedírselo (a partir de 14 años) y el pasaporte del menor siempre, si se quiere viajar fuera del área Schengen. Y para la expedición del pasaporte, es necesaria también la firma de ambos progenitores.

Ahora bien, la relación entre los progenitores no siempre es la mejor y pueden surgir problemas. ¿Qué pasa si el otro progenitor no me quiere autorizar el viaje? En los casos donde el acuerdo de los padres es imposible por una mala relación entre ellos, no todo está perdido. Nuestra recomendación es que se consulte a un abogado para que solicite al juez competente que supla el consentimiento del otro progenitor, que no se ha podido obtener. Es decir, se puede solicitar una autorización judicial que hará las veces de la del progenitor que se niega a otorgar.

Ver otra de nuestras especialidades: Abogados derecho penal Madrid

En este procedimiento habrá que justificar los motivos del viaje, y también las fechas concretas, así como, si se tienen, billetes de ida y de vuelta y la negativa del otro progenitor. Se señalará una vista en la que el juez va a valorar los argumentos y razones de ambas partes y tomará una decisión.

Ante todo esto, decir que si crees que puedes tener problemas para recabar la autorización del otro progenitor, por si la carga de los Juzgados impidiera tramitar la autorización judicial de forma ágil, nuestra recomendación es que contactes lo más pronto posible con nuestros abogados expertos en Derecho de Familia para que se pueda comenzar el procedimiento cuanto antes. Estamos aquí para ayudarte.

 

Paula Vicente San Antonio

Abogada con experiencia en Derecho de Familia y Hereditario, inscrita en el Ilustre Colegio de Abogados de Alcalá de Henares (ICAAH). Grado en Derecho de la Universidad de Alcalá (UAH) y Máster de Acceso a la Abogacía en la misma institución.

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